domingo, 15 de agosto de 2010

Derecho a la libertad de industria, comercio y trabajo

"Se reconoce la libertad de industria, de comercio y de trabajo, salvo a las limitaciones que por motivos sociales o de interés nacional impongan las leyes".

¿Por qué la libertad?

Los factores de producción.
Federico Bauer Rodríguez
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Hacetres siglos los factores de producción eran la tierra y el trabajo, por lo que los señores feudales con el fruto de las cosechas tributaban a su rey, les daban a sus siervos lo suficiente para subsistir, y les quedaba el resto para ellos.
Hace dos siglos da inicio la revolución industrial, y los factores de producción eran tres: la tierra con menos importancia, el trabajo, y el capital en manos de la nueva “clase social”, la burguesía.
El capital –nuevo factor de producción– consistía primordialmente en máquinas rudimentarias movidas por vapor, que incrementaban la productividad de las actividades que anteriormente habían sido artesanales.

El trabajador pasa de ser dependiente del feudalismo a ser dependiente de la burguesía capitalista, lo cual genera tensiones sociales. El Manifiesto Comunista de Marx y Engels, publicado en 1948, es una manifestación de esa tensión social que se vive en la mitad del siglo XIX.
Dicho Manifiesto fue escrito partiendo de dos premisas falsas: una económica –la teoría del valor objetivo o valor-trabajo– la otra es cuasireligiosa –el determinismo histórico– que según Marx traería la destrucción del capitalismo, y la reivindicación de la clase proletaria, con la terminación de la propiedad de los medios de producción.
Hoy, iniciando el siglo XXI, nos encontramos con que existen varios factores de producción:
La tierra, que gracias a la tecnología ha incrementado su productividad, y es capaz de alimentar a una población que supera los seis millardos de personas. Malthus estaba tremendamente equivocado.

El capital, que a pesar de las predicciones marxistas no se ha concentrado en unas pocas manos, sino que en las sociedades abiertas se ha democratizado. La propiedad de los medios de producción en esas sociedades abiertas se ha vuelto más eficaz, y la producción mundial en una economía que podríamos catalogar como mixta, por el peso de los gobiernos y el monopolio de los bancos centrales, alcanza la cantidad de US$60 billones. Los países más capitalistas tienen los mejores estándares de vida en todos los estratos sociales, incluyendo el de los asalariados.
La tecnología, actualmente es el factor determinante en el éxito de una sociedad, ya que está presente en todos los ámbitos, desde la agricultura hasta la medicina, pasando por las comunicaciones. Varios de los hombres con mayor patrimonio lo hicieron gracias a la tecnología: Gates y Jobs como ejemplo.
La empresarialidad  (entrepreneurship) es otro factor muy importante y es la capacidad de encontrar soluciones cuando ni siquiera se conoce el problema. Las sociedades que facilitan la función empresarial son las que mejor desempeño económico presentan.

La administración (management) es un factor que hace la diferencia en cuanto a la optimización del uso de los recursos.
El trabajo sigue siendo el factor más abundante y el peor remunerado, lo cual sigue generando tensiones sociales a pesar de los compensadores sociales vigentes en las economías más avanzadas.
Las religiones, incluyendo el marxismo, así como la historia, la retórica, la literatura o la psicología, no son factores de producción, por lo que no deben ser incluidas en la ecuación cuando lo que se trata es de resolver el tema de la utilización de recursos escasos, con el fin de satisfacer las necesidades materiales de la población.
El problema es cómo repartir el resultado del uso eficiente de estos seis factores de producción.
Hasta la próxima semana.

En esta noticia la ley si se cumple porque se trabaja la tierra para que las personas del país puedan comer y hay trabajo. Esta ley es importante para muchas personas porque genera trabajos, como la industria porque la industria es grande y hay mucho trabajo. Trabajar en el comercio también es importante. 


Derecho de defensa

"La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente preestablecido. Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o secretos, ni por procedimientos que estén  preestablecidos legalmente".


Sin derecho a defensa

No tenemos derecho a que nos proteja el “Estado” y tampoco a hacerlo nosotros mismos.

Por si no fuera suficientemente angustiante la terrible inseguridad en la que vivimos los guatemaltecos, al hecho de no tener el consuelo de que las autoridades hagan justicia y persigan a los criminales tenemos que añadir que, si algún ciudadano se trata de defender de la agresión de los criminales, a él si le cae todo el peso de “la ley” y es tratado con muchísima más severidad de la que se trata a los “angelitos” que tienen historiales criminales más largos que colas bancarias en día de pago.

El perfecto ejemplo es el de José Natividad Trejo Cruz, un chofer de camioneta que, ante las altas posibilidades de ser víctima de la violencia, decidió un día hacer algo por su propia seguridad. Trejo se compró un arma, no de las que utilizan los criminales, sino una con todas las de ley, registrada en el Decam. Tomó la decisión de armarse, luego de haber sido asaltado varias veces y de que un compañero suyo, chofer también, fuese asesinado cuando intentó evitar que violaran a una mujer dentro del bus que conducía.

En un día como cualquier otro, tres delincuentes con escopetas hechizas (no registradas en el Decam, por supuesto) se subieron al bus que Trejo conducía y asaltaron a los pasajeros. Cuando llegaron con Trejo, le exigieron dinero, lo registraron y le encontraron la pistola. Al verla, lo iban a atacar, pero él usó la pistola y le disparó a uno de los asaltantes, a quien mató.

Como un ciudadano creído de que “la ley” lo protegía, se quedó en el lugar esperando 20 minutos a que se apareciera la Policía, a cuyos agentes explicó cómo se había defendido de los asaltantes. A los policías no les importó su explicación y lo apresaron, acusándolo de homicidio. El muerto era una joyita que ya tenía 10 ingresos en prisión.

Desde entonces, Trejo está en la cárcel. Las autoridades ni siquiera le quisieron dar libertad bajo fianza para que pudiera continuar trabajando, mientras que, según me cuentan abogados amigos, los criminales que atrapa la Policía muchas veces salen libres en un par de días, con sólo pagar una pequeña fianza.

Un fiscal que lleva el caso declaró a Prensa Libre que “la inseguridad no justifica el ataque”. Ahora resulta que cuando los ciudadanos utilizan su derecho a la legítima defensa es un “ataque”. ¿Qué esperan las autoridades, entonces? No nos defienden, y cuando nos defendemos, resultamos ser los atacantes y no los atacados, los victimarios y no las víctimas. Ante autoridades así, no es de extrañar que la ciudadanía esté recurriendo a la “justicia por propia mano”. Las mismas autoridades están arrinconando a las personas a convertirse en criminales para defenderse de la criminalidad.
Trejo espera su sentencia para la próxima semana. Su esposa estará hoy con nosotros en el programa radial Todo a pulmón, por el 100.9 y por www.radiopolis.info, a las 12 del mediodía para contarnos su historia. ¡No se lo pierda!
Publicado en Prensa Libre el 7 de junio de 2007. Foto Prensa Libre.

En esta noticia el derecho de defensa no se cumple porque las personas no pueden defenderse ante un criminal porque la ley le cae encima.  Pienso que un juez o un fiscal sabe lo correcto, pero no actúa por pena a que la misma ley sea utilizada en su contra. 


Libertad de emisión del pensamiento

“Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.



La censura en los medios de comunicación:
La Constitución Política de la Republica establece que “Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.
El artículo 138, menciona que en caso de invasión del territorio, perturbación grave de la paz, actividades contra la seguridad del Estado o calamidad pública, podrá cesar la plena vigencia del párrafo arriba descrito.
La suspensión de esta garantía podrá ser decretada por el Presidente de la República mediante la declaratoria correspondiente, rigiéndose por la Ley de Orden Público (Decreto Número 7 de la Asamblea Constituyente, en vigencia desde el 5 de mayo de 1966), la que tiene jerarquía constitucional.
En algunos casos se ha intentado, desde las instancias de poder estatal, limitar la libertad de prensa a través de varios mecanismos. Una de las frases del ex presidente Alvaro Arzú (enero 1996 – diciembre 1999), era que a la prensa o se le paga o se le pega; con la colaboración de fuertes conglomerados empresariales[ii], organizo desde el gobierno un boicot de publicidad contra los medios que criticaban su gestión. Para el caso de la Revista Crónica, este boicot significo su desaparición.


En esta noticia la libertad de emisión del pensamiento esta siendo restringida, porque están limitando la libertad a la prensa por varios mecanismos. En parte si deberían limitar algunas cosas, pero no todo porque uno tiene la libertad de pensar libremente.  


Derecho a la propiedad privada

"Se garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la personas humana. Toda persona puede disponer libremente de sus bienes de acuerdo con la ley. El Estado garantiza el ejercicio de este derecho y deberá crear las condiciones que faciliten al propietario el uso y disfrute de sus bienes, de manera que se alcance el progreso individual y el desarrollo nacional en beneficio de todos los guatemaltecos". 


El respeto a la propiedad privada ¿de quién?

En Guatemala, el ordenamiento jurídico está estructurado a la medida de quienes ostentan el poder económico y político. Esto se fortalece...
Byron Garoz*
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En Guatemala, el ordenamiento jurídico está estructurado a la medida de quienes ostentan el poder económico y político. Esto se fortalece con la tipificación del delito de usurpación agravada.

El argumento que pretende desviar la atención del problema al sostener que cualquier casa, negocio o terreno estaría sujeto a “ser invadida”, es falso, puesto que el verdadero problema son las grandes extensiones de tierra apropiadas por personas vinculadas a sectores de poder en detrimento de comunidades indígenas y campesinas, y de su legítimo derecho a la tierra y sus recursos.

Muchos de estos abusos, se cometieron en la ejecución de los planes de colonización agraria en Petén y la Franja Transversal del Norte; no existen avances en la recuperación de esas tierras. Por otro lado, el 45 por ciento de la mejor tierra, ubicada en la Costa Sur de Guatemala, se encuentra subutilizada u ociosa, lo que ha sido reconocido por el sector privado.

¿Es intocable esa propiedad que no está cumpliendo con ninguna función social, mientras cientos de miles de guatemaltecos se debaten entre el hambre y la miseria? Ésta es una ofensa para el campesino sin tierra o hacinado en el minifundio.

Es imprescindible revisar el proceso histórico de despojo. ¿En dónde quedan casos de fincas privadas que han aumentado su extensión a costa de comunidades vecinas? ¿No debe respetarse en este caso la propiedad privada comunal? Ésta no es una lucha de un pequeño grupo de “civiles revoltosos”; es la lucha de miles de campesinos y campesinas despojados de su propiedad. Diversos sectores sociales apoyamos este esfuerzo, porque el Estado de Derecho debe prevalecer para todos, en igualdad de condiciones.

Todas las fincas que se encuentran ocupadas presentan alguna –o varias– de las siguientes características: No hay pago de prestaciones laborales, apropiación por finqueros de tierras nacionales, corrimiento de linderos, titulación sobre derechos de comunidades campesinas e indígenas, ejercicio de la impunidad en contra de campesinos, y/o pasividad de la justicia en el caso de la finca Nueva Linda.

Por lo tanto, la esencia del debate no debe estar en las figuras legales que aplican a campesinos sin tierra; no es penalizando las justas demandas sociales como avanzaremos en el país. Lo anterior nos remite al problema que se pretende obviar: legitimidad, legalidad y justicia.

Siempre hemos tenido disposición al diálogo, por lo cual, aceptamos el planteamiento del sector privado a proseguir en este debate. Precisamente en estos momentos los estamos invitando a una serie de foros públicos en varias regiones del país, para debatir los impactos nocivos del TLCAUSA en la economía campesina y para el acceso a la tierra.

*Coordinador del Programa de Estudios para el Desarrollo Rural, Coordinación de ONG y Cooperativas (Congcoop).

En esta noticia el derecho a la propiedad privada no se cumple porque están a los campesinos están quitándoles sus tierras y eso es injusto, ya que son personas trabajadores que merecen tener su hogar como cualquier otra persona. 


sábado, 14 de agosto de 2010

Derecho de reunión y manifestación

"Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados; y la ley los regulará con el único objeto de garantizar el orden público. Las manifestaciones religiosas en el exterior de los templos son permitidos y se rigen por la ley. Para el ejercicio de estos derechos bastará la previa notificación de los organizadores ante la autoridad competente".

18 MAYO, 2009



Guatemala sale a la calle dividida por el 'caso Rosenberg'
Críticas al Gobierno por organizar una marcha a favor del presidente Colom
MAITE RICO - Madrid - 17/05/2009

La batalla se ha trasladado a las calles. Decenas de miles de guatemaltecos se manifestaron este domingo para pedir el esclarecimiento del asesinato, hace una semana, del abogado Rodrigo Rosenberg, que antes de morir grabó un vídeo en el que anticipaba el crimen y culpaba al presidente de la república, Álvaro Colom. Para contrarrestar esa marcha, en la que se exigió la renuncia de Colom, el Gobierno echó el resto. Alcaldes, gobernadores, diputados y funcionarios de todos los rincones del país organizaron el traslado a la capital de miles de personas para apoyar al mandatario. Numerosos sectores sociales y líderes de oposición, entre ellos la Premio Nobel Rigoberta Menchú, han criticado el uso de recursos del Estado para el "acarreo" de manifestantes.

Manifestaciones enfrentadas ayer en Guatemala. Unas 15.000 personas salieron a la calle para pedir justicia, el fin de la violencia y la renuncia del presidente Álvaro Colom por el caso del abogado asesinado. Para hcerles frente, el gobierno organizó una contramanifestación de apoyo al presidente y fletó autobuses para traer a unos 40.000 partidarios desde todos los puntos del país La convocatoria de este domingo fue el colofón de las movilizaciones que se han venido registrando desde el pasado lunes, cuando se difundió el vídeo en el que Rosenberg denunciaba una trama de corrupción con fondos estatales que estaría en el origen de su asesinato y del de otras dos personas. En un fenómeno inédito en Guatemala, las concentraciones para exigir justicia se han articulado a partir de las redes sociales de Internet, que cuentan con un millón de usuarios en ese país de 13 millones de habitantes. Los jóvenes están siendo especialmente activos.
Este domingo se les unieron, en la plaza de Italia, los partidos de oposición, decenas de organizaciones sociales y empresariales y miles de ciudadanos cansados de la criminalidad y la corrupción que atenazan al país. Los manifestantes, unos 15.000, iban vestidos de blanco y los mensajes en las pancartas exigían seguridad y el fin de la violencia, pero también la renuncia de Colom.
Alrededor de 40.000 partidarios del presidente, que asegura ser víctima de una conspiración, se concentraron en la plaza de la Constitución al grito de "Colom, amigo, el pueblo está contigo". Según los datos que los medios locales iban recabando en los diferentes departamentos, todos los funcionarios se volcaron en el traslado de simpatizantes del presidente en cientos de autobuses. A los 22 gobernadores, confirmó el de Jutiapa al diario Prensa Libre, se les había reclamado la movilización de 5.000 personas cada uno. Es el interior del país donde el socialdemócrata Colom obtuvo su principal apoyo electoral en 2007.
En los primeros días, las autoridades contrarrestaron las protestas en la capital movilizando a los asentamientos populares beneficiados con los programas sociales estatales, que dirige la primera dama, Sandra Torres, también acusada por Rosenberg. "El Gobierno pretende plantear esto en términos demagógicos, como una confrontación entre ricos y pobres, cuando no tiene nada que ver", señala un empresario.
Este punto preocupa en medios diplomáticos, que temen que la volátil situación derive en enfrentamientos. "El presidente ha adoptado una estrategia de confrontación equivocada", señala a EL PAÍS un representante latinoamericano. "La gente que se manifiesta no son provocadores, son personas genuinamente dolidas". La Corte de Constitucionalidad, ante una demanda de amparo del sector empresarial, ordenó a las autoridades preservar el orden público y permitir el ejercicio del derecho de manifestación. Unos 5.000 agentes se desplegaron en varios puntos de la ciudad.

En esta noticia el derecho a la manifestación es claro porque los ciudadanos están manifestando la renuncia de Colom por acabar con la violencia y también por el asesinato de Rodrigo Rosenberg. Los manifestantes contra Colom estaban bien convencidos de lo que iban a hacer y eso es algo que hay que reconocer. 


Libertad de religión

"El ejercicio de todas las religiones es libre. Toda persona tiene 
derecho a practicar su religión o creencia, tanto en público como 
en privado, el culto y la observancia, sin más límites que el orden 
público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía  y a los 
jefes de otros credos".


¿Y QUÉ PASA CON LA LIBERTAD RELIGIOSA?
 - Siglo XXI Guatemala
Monday, 16 April 2007 00:00
Artículo original
Resulta increible y vergonzosa la ignorancia de los funcionarios públicos y diputados.
La noticia cobró relevancia durante la Semana Santa: la Dirección General de Migración negó la
visa de entrada al país al jefe de una extraña secta religiosa que afirma encarnar al Anticristo,
pero también predica la gracia. Las autoridades migratorias nacionales coincidieron así, con las
de El Salvador y Honduras, para no “ofender las creencias de la población”.
En una inusual declaración, el Arzobispo metropolitano señaló que debería respetarse la
libertad de cultos siempre y cuando no se afectaran las costumbres del país. Por último y para
ponerle “la tapadera al frasco”, el Congreso de la República propuso un punto resolutivo
recomendando negar el ingreso al país, a quienes “no crean en Dios”.
Resulta increíble y vergonzosa la ignorancia que los funcionarios públicos y los diputados tienen
de la garantía constitucional de libertad de religión (artículo 36) y preocupante la intolerancia
del Arzobispo. Si la Constitución Política señala que “toda persona tiene derecho a practicar
su religión o creencia”, esto significa que los habitantes de este país podemos creer o dejar
de creer y que nadie, ni el Estado, ni las iglesias y/o sectas, ni los particulares, pueden interferir
en el ejercicio de tal libertad (cuya única limitación es el orden público y el respeto a los fieles
de otros credos, según concluye el artículo  constitucional citado). 

La libertad de religión es muy importante para todos porque es lo
que uno cree y si a  uno lo ofenden  sobre su religión uno se siente 
herido, ya que es algo que uno cree.  No hay que discriminar a la  
gente por su religión porque uno no quisiera que alguien lo 
discriminara u ofendiera de esa manera. 

Derecho de petición

"Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones de autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley".

Violación a Libertad de Expresión en Guatemala
Un caso legal relacionado con la piedra angular de toda democracia fue presentado en contra del Estado de Guatemala ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) esta semana.


1999/09/24 Un caso legal relacionado con la piedra angular de toda democracia fue presentado en contra del Estado de Guatemala ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) esta semana.
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), presentaron el día de ayer una petición ante la CIDH, con sede en Washington, argumentando que el Estado de Guatemala violó la Convención Americana de Derechos Humanos cuando la Corte Constitucional de Guatemala ordenó el 19 de enero de 1999, que "únicamente los miembros de los medios de comunicación tienen derecho a la Libertad de Expresión". 

El derecho de petición es importante para los ciudadanos del país porque si quieren hacer una petición de algo, el gobierno dbería poder verla, revisarla y pensar en si se puede hacer algo de lo pedido, pero en este gobierno no se preocupan por estas cosas, entonces la gente no va por peticiones porque saben que perderán su tiempo. Pero algunas personas si van. 


viernes, 13 de agosto de 2010

Derecho de libertad de locomoción

"Toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia,sin mas limitaciones que las establecidas por la ley."


La crisis de los transportistas

César Leonel Mejía Rodríguez
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El alcalde Arzú y el Gobierno de Berger se encuentran en una disputa legal por resolver quién tiene que regular el tráfico. Algunos alegan la supremacía del Código Municipal sobre la Ley de Tránsito. Según un artículo de la Constitución existe la libertad de locomoción por todo el territorio nacional, la cual no puede limitarse más que por la Ley de Orden Público, de rango constitucional. La Municipalidad podría ordenar y coordinar el tráfico, pero no puede restringirlo. Entonces, como el Gobierno tiene la obligación de hacer que se cumpla la Constitución y la ley tiene todo el derecho de controlar el tránsito del país, por qué no puede detenerse la actividad económica, la cual también es una de las funciones que tiene que coordinar el Presidente y su Gabinete. 

Esta ley es importante para el país porque  es un derecho fundamental en consideración a la libertad relacionado a la condición human, su sentido más elemental esta en la posibilidad de transitar o desplazarse de un lugar a otro dentro del territorio del propio país, especialmente si se trata de las vías y los espacios públicos. 





Derecho a la inviolabilidad de la vivienda

"Nadie podrá penetrar en morada ajena si permiso de quien la habita, salvo por orden escrita de juez competente en la que se especifique el motivo de la diligencia y nunca antes de las seis ni después de las dieciocho horas. Tal diligencia se realizará siempre en presencia del interesado, o de su mandatario. "


REFLEXION Y ANALISIS

El derecho a la inviolabilidad del domicilio es uno de los derechos que tienen mayor trascendencia.
Esto es así, porque el allanamiento de morada es un instrumento utilizado, en los regímenes totalitarios, como las dictaduras militares de latinoamérica, para la realización de detenciones ilegales, y las consiguientes torturas y desapariciones, con el menor grado de publicidad e impunidad posible.
En los sistemas jurídicos constituidos en forma de Estado de Derecho la quiebra y violación de este derecho por parte de las fuerzas de seguridad ciudadana supone un grave peligro de "totalitarización" del mismo, pues puede suponer la indefensión de los ciudadanos frente al poder arbitrario del Estado.
Se impone, en consecuencia, la necesidad de que, en ningún caso, deje de existir un control judicial sobre la actuación de los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. Sólo el juez, salvo el supuesto de la existencia de un delito flagrante, es quien puede y debe autorizar la entrada en el domicilio.


La inviolabilidad es un derecho que todas las personas debemos cumplir tanto como civiles, como también políticos y sobretodo militares. A no ser que por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad.

miércoles, 11 de agosto de 2010

Derecho a la Vida

"El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona".



DERECHO A LA VIDA SE DETERIORA EN GUATEMALA, SEGUN INFORME


Guatemala 20 Junio del 2009
El informe de la situación de los derechos humanos durante los cinco primeros meses del año de la Procuraduría de Derechos Humanos resalta la grave situación y el deterioro del derecho a la vida en Guatemala, con 400 asesinatos más que en el mismo periodo del año anterior.

Mientras en 2008 se registraron 2 mil 343 homicidios entre los meses de enero y mayo, en 2009 esta cifra ascendió a 2 mil 749 en el mismo periodo, según el documento de la PDH.

Se alerta también de la situación de los linchamientos y hasta el dos de junio la PDH registra 70 casos, con doce hombres fallecidos, 57 hombres heridos y una mujer herida. En 2008 se registraron 131 linchamientos, pero hubo en todo el año 18 fallecidos masculinos y cinco mujeres. Según el documento “las estadísticas revelan que no han sido suficientes los esfuerzos desplazados por las autoridades y tampoco el endurecimiento de las leyes, pues los casos continúan aumentando el registro estadístico con cifras alarmantes”.

Además se hace énfasis en la situación que ha desatado la muerte de pilotos y ayudantes, que se ha disparado en este año. Sólo en el primer trimestre se detectaron 67 muertes violentas de pilotos. Asimismo se realiza un estudio de la cantidad de personas que han sido víctimas de ataques en diferentes tipos de transportes colectivos.

De las 123 víctimas registradas al 31 de mayo de este año, la mayor parte fueron ataques directos contra pilotos de bus urbano, el 34.96 %. Le siguen los ataques a ayudantes, con el 26.02 % de pilotos de bus extraurbano con 14.63% de los asaltos, y pilotos de microbús, con el 13.01 %. Más lejos están los ataques a pilotos de mototaxi, pilotos de taxi e inspectores de bus.

Un hecho muy importante que se resalta es que este tipo de ataques han producido también víctimas entre los pasajeros usuarios del transporte público poniendo en riesgo la vida de éstos. En total se han registrado hasta el 31 de mayo, 210 víctimas durante ataques en contra de los pilotos o presuntos asaltos ocurridos en las unidades. Más de la mitad de ellos se produjeron en los buses urbanos de Guatemala.

En este sentido se resalta que prácticamente todos los conductores de autobuses asesinados en el departamento de Guatemala, fueron víctimas de ataques con armas de fuego en un porcentaje de 93.2 %, contra apenas 6.8 % de muertes violentas en las que se utilizó arma blanca, en sus diferentes modalidades.

Este estudio, fue entregado también por el procurador Sergio Morales, al relator para Guatemala y para los Pueblos Indígenas, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Víctor Abramovich, durante su reciente visita al país.



Se supone que el Estado debería preocuparse de lo que está pasando en el país, pero ellos no están haciendo nada por esto y eso es preocupante, ya que día a día mucha gente muere, no importa que sean pilotos o ayudantes, son seres humanos y por eso no les deberían quitar la vida.